Legislación Provincial

Ley N° 9.424 – Creación del Registro de Deudores Alimentarios.

Sancionada el 16 de agosto de 2002. Creación del Registro de deudores alimentarios de Entre Ríos. Los deudores alimentarios no podrán, en todo el territorio entrerriano , ejercer los siguientes cargos: ejercer cargos jerárquicos en el ejecutivo, ser proveedores del Estado, ser candidato de un partido político, ser empleado en los tres poderes del Estado. Prevé la adhesión de los municipios. Según la adhesión podría dificultarse el acceso a empleos en el sector privado y las gestiones bancarias.