Recursos Nacionales

Reparación económica para hijos e hijas de víctimas de violencia de género.

La Ley N° 27.452 establece que los hijos y las hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben ser protegidos/as para crecer en un ambiente sano y libre de violencias. Por eso, tienen derecho a recibir una reparación económica mensual, acceder a una cobertura integral de salud y ser acompañados de manera integral durante su crianza.

La Ley N° 27.452 establece que los hijos y las hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben ser protegidos/as para crecer en un ambiente sano y libre de violencias. Por eso, tienen derecho a recibir una reparación económica mensual, acceder a una cobertura integral de salud y ser acompañados de manera integral durante su crianza.

La reparación económica, equivalente a un haber jubilatorio mínimo, se otorga a partir del momento de ocurrido el delito de acuerdo a los siguientes supuestos:

  • Si el hecho es anterior al 26 de julio de 2018 (día de promulgación de la Ley 27.452), se percibirá a partir de dicha fecha.
  • Si el delito ocurrió con posterioridad a la sanción de la ley se percibirá a partir del hecho.
  • El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.

¿A quién está dirigido?

Es un derecho de niñas, niños, adolescentes y jóvenes hasta los 21 años, o personas con discapacidad sin límite de edad que hayan atravesado alguna de las siguientes situaciones:

  • El padre/madre o progenitor/a afín (pareja de padre/madre) haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género, siendo esta determinada por la autoridad judicial.
  • La persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme.
  • Se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor/a.

La reparación es compatible con la Asignación Universal por Hijo y otras asignaciones familiares y pensiones.

¿Qué necesito?

DNI del/la titular (original y copia).

Certificado único de discapacidad vigente, emitido por autoridad competente (si corresponde).

Residentes argentinos/as: acreditar residencia mínima de dos (2) años de manera ininterrumpida y continua y constancia de domicilio actualizada, emitida por la Policía Federal u organismo público jurisdiccional competente.

Partida de nacimiento o documentación que acredite vínculo con la madre.

En caso de que quien haya fallecido sea el progenitor/a afín puede solicitarse con posterioridad de iniciado el trámite un certificado originado o emitido por el juzgado interviniente u organismo local de niñez que acredite domicilio real de los/as hijos/as de la víctima al momento del hecho.

Certificado o partida de defunción de la madre/padre o certificado de presunción de fallecimiento.

Copia de auto de procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, según corresponda, donde figuren todos los datos de la causa. En caso de fallecimiento/suicidio del autor/a del femicidio/homicidio, resolución o archivo de culminación del proceso que contenga la extinción de la acción penal.

Si el/la titular es menor de 18 años se deberá presentar además:

  • DNI del representante legal (original y copia).
  • Original y copia del Testimonio o de la Sentencia o del Certificado de Guarda/Tutela/Adopción/Curatela expedido por autoridad judicial. Sentencia de homologación de la guarda administrativa expedida por el Organismo Provincial de Niñez.

¿Cómo hago?

1 Reuní toda la documentación.

2 Sacá un turno en ANSES a través de la página web o llamá al 130

3 Descargá e imprimí los tres formularios:

Formulario 1 – Listado de documentación. Será completado por el agente de ANSES el día del turno.

Formulario 2 – Solicitud de Ley 27.452. Deben completarse los cuatro rubros y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.

Formulario 3 – Acta de compromiso sobre la utilización de fondos con carácter de Declaración Jurada. Deben completarse todos los espacios y también ser firmado frente al agente de ANSES.

(IMPORTANTE: Presentar los tres formularios por cada hijo/a o hijastro/a)

4 Acercate a la Unidad de Atención Integral (UDAI) y presentá la documentación.